El proceso judicial por el presunto acoso hacia la cantante Sabrina Carpenter dio un giro en los tribunales de Los Ángeles. Un magistrado decidió archivar los cargos criminales presentados contra William Applegate, de 31 años, tras concluir, mediante evaluaciones psiquiátricas, que el acusado no cuenta con la capacidad mental requerida para afrontar un juicio penal.

Pese a la desestimación de la causa penal ordenada por el tribunal —desestimando la objeción de la Fiscalía—, las medidas de protección a favor de la intérprete de Espresso se mantendrán operativas.

Antecedentes y vigencia de la orden de restricción

El conflicto legal comenzó en mayo pasado, cuando Carpenter solicitó amparo judicial luego de que el individuo vigilara de forma continua su residencia en Los Ángeles e intentara ingresar por la puerta principal de la propiedad sin autorización:

  • Medida de protección vigente: En junio se dictaminó una orden de alejamiento que obliga a Applegate a permanecer a un mínimo de 90 metros de la cantante, su vivienda, vehículo y áreas de trabajo hasta el año 2031.

  • Cargos desestimados: El imputado enfrentaba ocho cargos menores, entre ellos acoso, allanamiento, alteración del orden público y agresión, los cuales quedaron invalidados tras el fallo sobre su estado de salud mental.

  • Alegatos del acusado: Durante las audiencias previas, Applegate sostuvo declaraciones en las que vinculaba su conducta con un supuesto programa gubernamental, argumento que reforzó el dictamen de evaluar su salud mental.

El caso reaviva la discusión sobre los protocolos de seguridad para las figuras de la industria del entretenimiento ante situaciones de acoso recurrente.